Sistema Impositivo

En Argentina los tributos son recaudados por el Gobierno Nacional, las Provincias y las autoridades municipales. El sistema tributario está estructurado principalmente sobre la imposición a la renta, al patrimonio y al consumo.
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Impuestos Nacionales
En el ámbito nacional, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) es el ente autárquico que tiene a su cargo la aplicación, percepción y fiscalización de los tributos.
Los principales impuestos nacionales son: el Impuesto a las Ganancias, el Impuesto al Valor Agregado (IVA), el Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta, los Impuestos Internos, el Impuesto sobre los Bienes Personales, y el Impuesto sobre los Débitos y Créditos en Cuentas Bancarias y Otras Operatorias
Impuesto a las Ganancias (IG): todas las ganancias, incluyendo las de capital son gravadas por este impuesto. Las empresas residentes en la República Argentina tributan sobre su renta mundial, pudiendo computar como pago a cuenta de este impuesto las sumas efectivamente abonadas por gravámenes análogos sobre sus actividades en el extranjero hasta el límite del incremento de la obligación fiscal originado por la incorporación de la ganancia obtenida en el exterior.
La tasa aplicable tanto para sociedades residentes como para las sucursales constituidas en el país de sociedades no residentes es del 35%.
Tratados para Evitar la Doble Imposición: La República Argentina ha celebrado Convenios Amplios con distintos países a fin de evitar la doble imposición. Estos convenios buscan evitar la doble imposición con respecto a los impuestos sobre la renta, el capital y/o el patrimonio.
Impuesto al Valor Agregado (IVA): el IVA es un impuesto que se aplica al precio de venta de bienes y servicios en cada etapa de la comercialización, pudiéndose tomar como pago a cuenta los montos erogados por el pago de este impuesto en las anteriores etapas. La tasa general del IVA es del 21%.
Las importaciones son también gravadas por este impuesto con las mismas tasas que se aplican a los productos o servicios locales. Las exportaciones no están gravadas y los exportadores pueden reclamar el reembolso del IVA pagado por sus compras.
Impuesto a la Ganancia Mínima Presunta: este impuesto grava todos los activos (localizados tanto en la República Argentina como en el exterior) de empresas argentinas con una alícuota anual del 1%.
Impuesto sobre los Bienes Personales: El Impuesto sobre los Bienes Personales reviste carácter de impuesto patrimonial, porque recae sobre los bienes personales existentes al 31 de diciembre de cada año, siendo sujetos pasivos del tributo las personas físicas y las sucesiones indivisas. Las personas físicas residentes en el país están obligadas a pagar anualmente por este impuesto una suma equivalente al 0,5% de sus bienes personales cuyo valor se ubique entre los $ 305.000 y $ 750.000. Por encima de esta suma y hasta $ 2.000.000, la tasa de este impuesto asciende al 0,75%.
Entre $ 2.000.000 y $ 5.000.000, la tasa es del 1%. Valores superiores a los mencionados deberán tributar una tasa del 1,25%.
Cabe señalar que los sujetos radicados en el país tributan sobre los bienes situados en la República Argentina y en el exterior.
Impuestos Internos: gravan el consumo de ciertos productos a diferentes alícuotas y con distintos requisitos de declaración y pago. Por lo general, estos impuestos alcanzan a los fabricantes o importadores cuando venden el producto.
Impuestos a los Débitos y Créditos en Cuentas Corrientes: el impuesto recae sobre los créditos y débitos en las cuentas corrientes bancarias del titular, siendo la alícuota general del 0,6% para los débitos y 0,6% para los créditos. Asimismo, se encuentran gravados al 1,2% todos los movimientos o entregas de fondos cuando se efectúen a través de sistemas de pago organizados que reemplacen el uso de las cuentas corrientes bancarias. Cabe señalar que existen ciertas alícuotas diferenciales y exenciones aplicables a determinadas operaciones.
Aranceles sobre Importación de Bienes: los niveles de los derechos de importación se encuentran actualmente entre 0% y 35%, excepto en determinados casos en los que se aplican derechos específicos mínimos o que se refieren a mercaderías con tratamientos tributarios específicos.
En general la mercadería proveniente de países miembros de ALADI está sujeta a preferencias porcentuales. En referencia al MERCOSUR los derechos de importación para el comercio intrazona han sido prácticamente eliminados. Simultáneamente una tarifa externa común se ha establecido para las mercaderías provenientes y originarias de extrazona.
Otros impuestos que los importadores deben pagar son: Tasa de Estadística (0.5% sobre el valor CIF y hasta un tope de US$ 1.750) y en algunos casos Tasa de Comprobación de Destino (2% sobre el valor CIF). Las importaciones estarán sujetas asimismo al pago de IVA (21% o 10.5% en algunos casos especiales), y percepciones de IVA (usualmente 10%) y de Impuesto a las Ganancias (usualmente 3% en la mayoría de los casos).
Impuestos Provinciales
En el ámbito provincial, los tributos son recaudados y administrados por las Direcciones provinciales de Rentas, organismos subordinados a los respectivos Ministerios de Economía provinciales. Los principales impuestos provinciales son el Impuesto sobre los Ingresos Brutos, el Impuesto de Sellos, y el Impuesto Inmobiliario.
Impuesto sobre los Ingresos Brutos: todas las jurisdicciones argentinas (provincias y Ciudad Autónoma de Buenos Aires) aplican este Impuesto sobre los Ingresos Brutos de cualquier empresa que realice una actividad comercial, industrial, agrícola, financiera o profesional.
Este impuesto grava cada transacción comercial, sin ningún crédito fiscal por los impuestos pagados en las etapas anteriores. Las tasas varían según el tipo de actividad y la Ley de cada jurisdicción, entre el 1,5% y el 4%. (Las actividades primarias e industriales, en general, gozan de exenciones). Se paga por año calendario, con anticipos mensuales o bimestrales, según disponga cada jurisdicción.
Impuesto a los Sellos: se trata de un impuesto provincial vigente en todas las provincias de la República Argentina, aplicable en general a los actos, contratos y operaciones de carácter oneroso formalizados en instrumentos públicos o privados.
En general, la alícuota del impuesto es del 1%, aunque varía según el tipo de acto y la legislación de la jurisdicción donde el citado acto produzca efectos.
Impuesto Inmobiliario: los inmuebles situados en cada una de las jurisdicciones deben pagar impuestos anuales, cuyo importe surge de la aplicación de alícuotas que fija la Ley impositiva sobre la valuación fiscal de la tierra libre de mejoras, y de las mejoras.
El Impuesto Inmobiliario es un impuesto real, que se aplica en función del valor de la tierra y edificios sin atender a las condiciones personales del contribuyente. Es un tributo cuyo monto lo determina la autoridad de aplicación. Se calcula conforme a las leyes impositivas de cada período fiscal, que establecen las escalas de valuaciones y alícuotas que se aplicarán sobre la base imponible conforme la modalidad prevista para cada tipo de inmueble.
Tasas Municipales
En el ámbito municipal, los ingresos surgen de la recaudación de diversidad de tasas y contribuciones.
Tasas retributivas por servicios: por la prestación de servicios de seguridad industrial, higiene y similares, los fiscos municipales perciben las tasas que pueden establecer en función de los ingresos o bien de otros parámetros fijos como número de personal, capacidad de fuerza motriz, etc.









